Proposed Changes To Alcoholic Beverage License Ordinance (con información en español)

March 5th, 2024

La información en español se puede encontrar en la parte inferior de la página.

File attachments are included at the bottom of this page. 

The City of Dalton is studying proposed changes to Chapter 6 of the City's Code of Ordinances which concerns alcoholic beverage licenses in the City. These changes would, among other things, bring the City into compliance with State of Georgia laws concerning closing times for businesses which serve alcoholic beverages. Other proposed changes include updating definitions in the ordinance to bring the ordinance into conformity with State laws. Prohibitions on drive-through windows for sellers of packaged distilled spirits were deleted and new requirements for security cameras for licensees were added. 

The proposed changes were presented to the Mayor and Council during a public work session on March 4th before the council's regularly scheduled meeting. During the work session, the Mayor and Council had a number of questions about the ordinance, some of which require research by City staff and the City Attorney. Work will continue on the ordinance and another review of the changes could take place later in March. A first reading of the ordinance could possibly come during the month of April. Before the changes could be put to a vote by the council, the ordinance would need to have a first and second meeting in public Mayor and Council meetings. 

A summary of the proposed changes to the ordinance is included below, along with a PDF copy of the proposed ordinance and a "redline" version of the proposed ordinance showing where changes have been made to the existing ordinance. 

If you have any questions about the proposed new ordinance, you can contact City Clerk Bernadette Chattam via email by clicking here

Georgia Code 3-3-7 concerns alcoholic beverage law in the State. The section below concerns communities of Dalton's size and Sunday sales of alcohol (with bolded passages used in the proposed new local ordinance): 

  1. In each county having a population of not less than 100,000 nor more than 150,000 according to the United States decennial census of 1970 or any future such census in which the sale of alcoholic beverages is lawful and in all municipalities in such counties in which the sale of alcoholic beverages is lawful, the governing authority of the county or municipality, as appropriate, may authorize the sale of alcoholic beverages for consumption on the premises in bona fide full-service restaurants at any time from 11:55 P.M. on Saturdays until 2:00 A.M. on Sundays; provided, however, that this subsection shall not apply to any geographic area of any municipal corporation which is located outside of the limits of any county in which the sale of alcoholic beverages is not lawful.
  2. As used in this subsection, the term “bona fide full-service restaurant” means an established place of business:
    1. Which is licensed to sell alcoholic beverages, distilled spirits, malt beverages, or wines for consumption on the premises;
    2. Where meals with substantial entrees selected by the patron from a full menu are served;
    3. Which has adequate facilities and sufficient employees for cooking or preparing and serving such meals for consumption at tables in dining rooms on the premises; and
    4. Which derives at least 50 percent of its gross income from the sale of such meals prepared, served, and consumed on the premises.
  3. The governing authority of such a county or municipality, by ordinance, may authorize any other establishment otherwise licensed to sell alcoholic beverages, distilled spirits, malt beverages, or wines for consumption on the premises to engage in such sales at any time from 11:55 P.M. on Saturdays until 2:00 A.M. on Sundays; provided, however, that the proviso in paragraph (1) of this subsection shall also be applicable to sales in establishments pursuant to this paragraph.
  4. The governing authority of such a county or municipality may provide for special licenses for and charge a license fee to establishments which engage in sales of such beverages at any time from 11:55 P.M. on Saturdays until 2:00 A.M. on Sundays. The license fee shall be set by the governing body.

The section below contains the State of Georgia's definition of "eating establishment": 

(2) As used in this subsection, the term “bona fide full-service restaurant” means an established place of business:

(A) Which is licensed to sell alcoholic beverages, distilled spirits, malt beverages, or wines for consumption on the premises;

(B) Where meals with substantial entrees selected by the patron from a full menu are served;

(C) Which has adequate facilities and sufficient employees for cooking or preparing and serving such meals for consumption at tables in dining rooms on the premises; and

(D) Which derives at least 50 percent of its gross income from the sale of such meals prepared, served, and consumed on the premises.

 

En español:

La Ciudad de Dalton está estudiando cambios propuestos al Capítulo 6 del Código de Ordenanzas de la Ciudad, que se refiere a las licencias de bebidas alcohólicas en la ciudad. Estos cambios, entre otras cosas, llevarían a la Ciudad a cumplir con las leyes del Estado de Georgia relacionadas con los horarios de cierre para los negocios que sirven bebidas alcohólicas. Otros cambios propuestos incluyen actualizar las definiciones en la ordenanza para que sean conformes a las leyes estatales. Las prohibiciones sobre ventanas de servicio en autos para vendedores de licores destilados empaquetados fueron eliminadas y se agregaron nuevos requisitos de cámaras de seguridad para los titulares de licencias.

Los cambios propuestos fueron presentados al Alcalde y al Consejo durante una sesión de trabajo pública el 4 de marzo antes de la reunión regularmente programada del consejo. Durante la sesión de trabajo, el Alcalde y el Consejo tuvieron varias preguntas sobre la ordenanza, algunas de las cuales requieren investigación por parte del personal de la Ciudad y el Abogado de la Ciudad. El trabajo continuará en la ordenanza y otra revisión de los cambios podría tener lugar más adelante en marzo. Una primera lectura de la ordenanza podría tener lugar posiblemente durante el mes de abril. Antes de que los cambios puedan ser sometidos a votación por el consejo, la ordenanza necesitaría tener una primera y segunda reunión en público durante las reuniones del Alcalde y el Consejo.

A continuación se incluye un resumen de los cambios propuestos a la ordenanza, junto con una copia en PDF de la ordenanza propuesta y una versión "subrayada" de la ordenanza propuesta que muestra dónde se han realizado cambios en la ordenanza existente.

Si tiene alguna pregunta sobre la nueva ordenanza propuesta, puede ponerse en contacto con la Secretaria Municipal Bernadette Chattam por correo electrónico haciendo clic aquí.

El Código de Georgia 3-3-7 se refiere a la ley de bebidas alcohólicas en el Estado. La sección a continuación se refiere a las comunidades del tamaño de Dalton y las ventas de alcohol los domingos (con pasajes en negrita utilizados en la nueva ordenanza local propuesta):

  1. En cada condado con una población no inferior a 100,000 ni superior a 150,000 según el censo decenal de los Estados Unidos de 1970 o cualquier censo futuro en el que la venta de bebidas alcohólicas sea legal y en todas las municipalidades en dichos condados en los que la venta de bebidas alcohólicas sea legal, la autoridad gobernante del condado o municipalidad, según corresponda, puede autorizar la venta de bebidas alcohólicas para el consumo en el local en restaurantes de servicio completo genuinos en cualquier momento desde las 11:55 p.m. del sábado hasta las 2:00 a.m. del domingo; sin embargo, esta subsección no se aplicará a ninguna área geográfica de ninguna corporación municipal que se encuentre fuera de los límites de cualquier condado en el que la venta de bebidas alcohólicas no sea legal.
  2. Como se usa en esta subsección, el término "restaurante de servicio completo genuino" significa un lugar de negocio establecido:
    1. Que está autorizado para vender bebidas alcohólicas, licores destilados, bebidas maltadas o vinos para consumo en el local;
    2. Donde se sirven comidas con platos principales seleccionados por el cliente de un menú completo;
    3. Que cuenta con instalaciones adecuadas y suficientes empleados para cocinar o preparar y servir dichas comidas para su consumo en mesas en salas de comedor en el local;
    4. y Que deriva al menos el 50 por ciento de sus ingresos brutos de la venta de dichas comidas preparadas, servidas y consumidas en el local.
  1. La autoridad gobernante de dicho condado o municipalidad, mediante ordenanza, puede autorizar a cualquier otro establecimiento que tenga licencia para vender bebidas alcohólicas, licores destilados, bebidas maltadas o vinos para consumo en el local para participar en tales ventas en cualquier momento desde las 11:55 p.m. del sábado hasta las 2:00 a.m. del domingo; sin embargo, la provisión en el párrafo (1) de esta subsección también será aplicable a las ventas en establecimientos de conformidad con este párrafo.
  2. La autoridad gobernante de dicho condado o municipalidad puede proporcionar licencias especiales y cobrar una tarifa de licencia a los establecimientos que participan en ventas de tales bebidas en cualquier momento desde las 11:55 p.m. del sábado hasta las 2:00 a.m. del domingo. La tarifa de licencia será establecida por el cuerpo gobernante. La sección a continuación contiene la definición del Estado de Georgia de "establecimiento de alimentos":

(2) Según se usa en esta subsección, el término "restaurante de servicio completo genuino" significa un lugar de negocio:

(A) Que está autorizado para vender bebidas alcohólicas, licores destilados, bebidas maltadas o vinos para consumo en el local;

(B) Donde se sirven comidas con platos principales seleccionados por el cliente de un menú completo;

(C) Que cuenta con instalaciones adecuadas y suficientes empleados para cocinar o preparar y servir dichas comidas para su consumo en mesas en salas de comedor en el local; y

(D) Que deriva al menos el 50 por ciento de sus ingresos brutos de la venta de dichas comidas preparadas, servidas y consumidas en el local.